Nueva regulación de la contratación pública en Hungría
A partir del 1 de enero de 2012 entra en vigor la nueva Ley CVIII de 2011 sobre Contratación Pública que viene a sustituir completamente a la anterior. La nueva ley es mucho más corta, alrededor de la mitad en comparación a la anterior, ya que no incluye una regulación detallada sino que implementa tan solo el marco legislativo de la contratación pública. Los objetivos perseguidos con esta nueva ley son la mejora de la lucha efectiva contra la corrupción mediante la simplificación y flexibilización de los procedimientos y el fomento de la participación de pymes en licitaciones públicas.
A continuación se enumeran las disposiciones y modificaciones más relevantes introducidas por la nueva Ley sobre Contratación Pública:
- Se introduce una nueva regulación del sistema de contratación pública ya que el sistema anterior era demasiado complicado en la práctica. La nueva ley sólo dispone un marco legal para la contratación pública, mientras que la regulación específica se implementa mediante decretos separados.
- Serán excluidos de participar en licitaciones públicas aquellos licitadores (i) que adeudan a sus subcontratistas más de un 10% del valor del contrato público en base a un contrato suscrito en el marco de un procedimiento de contratación pública después del 15.9.2010, (ii) cuyos pagos han vencido hace más de 15 días o (iii) que hayan proporcionado información y datos falsos en un procedimiento de contratación pública anterior.
- El Consejo de Contratación Pública pasa a ser ahora la Autoridad de Contratación Pública.
- Las entidades adjudicadoras deben remitir los anuncios de licitación a la Autoridad de Contratación Pública por vía telemática y deben conservar la documentación relativa a un procedimiento de contratación pública por un plazo de 5 años tras la ejecución del proyecto.
- Los proveedores de servicios públicos no pueden eludir la obligación de adjudicación mediante licitación pública a través de sus filiales.
- El Comité de Decisión de Contratación Pública seguirá conociendo de todos los recursos en materia de contratación pública. Cabe interponer recurso contra las decisiones de este Comité ante los Juzgados.
A fecha de hoy no se puede evaluar si la nueva Ley de Contratación Pública es el mecanismo adecuado para alcanzar los objetivos de efectividad y transparencia de los procedimientos de contratación pública. Esto sólo será posible más adelante cuando se haya podido comprobar qué resultado tiene la nueva normativa en la práctica.